El pasado 27 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el reciente Real Decreto-ley 04/2024, que establece un aumento transitorio de los tipos de IVA aplicables a ciertos productos esenciales a partir del 1 de octubre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024.

Esta modificación afecta tanto a consumidores como a empresas, con implicaciones significativas a nivel económico y fiscal.

Por eso desde la gestoría Serra Piera hemos elaborado este artículo de nuestro blog para informarte sobre los impactos que supone esta subida del IVA en los productos esenciales.

Productos Afectados por la Subida del IVA

Se observarán dos tipos de aumentos en el IVA:Subida del IVA en Productos Esenciales

– 7,5% de IVA para aceites de semillas y pastas alimenticias, que anteriormente tributaban al 5%.

– 2% de IVA para productos considerados básicos como el pan, harinas, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, legumbres y cereales, así como el aceite de oliva, que hasta ahora tributaban al 0%.

Modificaciones del Recargo de Equivalencia

Además, el recargo de equivalencia, aplicable a comerciantes minoristas que no pueden deducir el IVA soportado, también sufrirá cambios:

– Para los productos que suben al 7,5% de IVA, el recargo pasará del 0,6% al 1%.

– Para los productos que se incrementan al 2% de IVA, el recargo se ajustará del 0% al 0,26%.

 

Implicaciones para los Consumidores y Particulares

A nivel de los particulares, esta subida del IVA tendrá un impacto directo en el coste de productos de consumo básico. Aunque los aumentos son relativamente moderados (2% y 7,5%), los consumidores podrían notar un incremento en los precios en su cesta de la compra. Productos como el pan, la leche, los huevos y el aceite de oliva, que forman parte de la dieta diaria de muchas familias, verán un aumento en su precio final.

Este cambio es particularmente delicado, ya que afecta a bienes de primera necesidad, donde la elasticidad de la demanda es baja, es decir, los consumidores no pueden fácilmente reducir su consumo de estos productos, lo que se traduce en un aumento directo del gasto familiar.

A corto plazo, es probable que este ajuste fiscal pueda generar tensiones en los hogares de menor poder adquisitivo. No obstante, es importante recordar que el carácter transitorio de esta medida, que finaliza el 31 de diciembre de 2024, busca mitigar el impacto duradero en los consumidores.

Implicaciones a Nivel Macroeconómico

Este tipo de incrementos en los impuestos al consumo, especialmente en productos de alta demanda inelástica, puede tener efectos inflacionarios. Los consumidores, al no poder evitar la compra de productos como alimentos básicos, absorberán el aumento de los precios, lo que podría generar presiones inflacionarias adicionales en un contexto económico ya marcado por la inflación global y los costos energéticos.

Además, es importante destacar el impacto que este cambio podría tener en el sector agrícola y alimentario, particularmente en la producción de aceite de oliva, que ya ha sufrido las consecuencias de factores climáticos adversos como la sequía. Aunque se espera que a partir del 1 de enero de 2025 el aceite de oliva sea considerado alimento de primera necesidad y pase a tributar al tipo súper reducido del 4%, la subida temporal al 2% podría afectar a los productores y distribuidores de este sector.

Implicaciones para las Empresas

Las empresas, especialmente aquellas que se dedican al comercio de productos alimenticios, deberán adaptar sus sistemas de facturación para reflejar estos cambios en el IVA a tiempo, de cara al 1 de octubre de 2024. El incumplimiento o retraso en la actualización de los tipos impositivos podría generar errores en la facturación que deriven en sanciones administrativas o problemas de contabilidad.

Asimismo, los comerciantes minoristas sujetos al recargo de equivalencia deberán estar atentos a la modificación de los porcentajes aplicables, ya que esto afectará directamente al cálculo de su carga impositiva y, por ende, a su margen de beneficios.

Esperamos que el artículo haya sido de ayuda y recuerda llevar al día tu contabilidad y la presentación de impuestos. Si eres empresa, autónomo o particular estamos aquí para ayudarte.

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