Si tienes hijos menores de 3 años podrás cobrar una nueva ayuda de hasta 1.000 euros para cubrir gastos de guardería en la próxima Declaración de la Renta.

Esta nueva deducción se une a la ya existente para madres trabajadoras con hijo a cargo de entre 0 y 3 años en el IRPF, que asciende a 1.200 euros anuales o 100 mensuales.

En el caso en el que el hijo menor cumpla los 3 años, se podrá aplicar dicha deducción después de dicha edad hasta el mes anterior a que el hijo comience el segundo ciclo de educación infantil.


¿Cómo acceder al cheque guardería?

Las guarderías o centros autorizados deben informar sobre los menores y los gastos que den derecho al incremento de la deducción. Por tanto, son las guarderías o centros autorizados los únicos que podrán “darnos el acceso” a presentar el modelo 233.

Requisitos para pedir el cheque guardería

– Que los pagos se hagan a guarderías o centros autorizados.

– Que se abone la mensualidad por inscripción y matrícula, asistencia y alimentación, siempre que se hayan llevado a cabo por meses completos.

– Se tendrá en cuenta el importe pagado tanto por la madre, como por el otro progenitor, tutor, adoptante, etc.

– No se tendrán en cuenta las cantidades económicas abonadas por la empresa donde trabajen la madre, padre, tutor, etc. Es decir, si la empresa tiene algún tipo de cheque o ayuda para la guardería, habrá que elegir entre la deducción por parte de la AEAT o la ayuda empresarial.

¿Cuándo y cómo presentar el modelo 233?

Las guarderías o centros infantiles autorizados son los obligados a presentar la declaración informativa sobre los menores y los gastos que den derecho a la deducción, cumplimentando el Modelo 233: Declaración informativa por gastos en guarderías o centro de educación infantil autorizados.

Es un modelo al que está obligado, exclusivamente, el centro educativo, nunca por los progenitores.

¿Y qué información contiene?

1. Primero tendrán que identificarte a ti (NIF, nombre y apellidos) como madre, o identificar a la persona que tiene atribuida la guarda y custodia en exclusiva.

2. También se consignará NIF, nombre y apellidos del otro progenitor.

3. Identificación (nombre, apellidos, fecha de nacimiento y, en su caso, NIF) del menor de 3 años.

4. Se incluyen los menores de 3 años que cumplan esa edad en el ejercicio. En este caso la información se ampliará a los meses posteriores en que se cumplan los 3 años y hasta el mes anterior a aquel en el que el menor pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.

5. Cuantificar los meses completos en la guardería o centro de educación infantil.

6. Gastos anuales pagados a la guardería o centro de educación infantil, independientemente de la parte, en caso de haberla, que haya sido subvencionada o satisfecha por la empresa en la que trabaje cualquiera de los progenitores o tutores.

7. Habrá que indicar el importe subvencionado, en caso de haberlo, que se haya abonado directamente a la guardería o centro de educación infantil autorizado.

Y, si bien en este inicio de 2019 hay hasta el 15 de febrero para presentarlo, el plazo normal de presentación del Modelo 233 será el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior.

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