Si eres autónomo y tu negocio está creciendo, es probable que te preguntes si ha llegado el momento de dar el salto y constituir una Sociedad Limitada (SL). Esta decisión no solo tiene implicaciones fiscales, sino también legales y operativas. En este artículo te explicamos cuándo conviene hacer el cambio, qué beneficios obtendrás y cuáles son los pasos necesarios para hacerlo correctamente.

¿Cuándo es recomendable crear una SL?

Durante las primeras etapas de un negocio, lo más habitual es comenzar como autónomo, ya que los trámites son más sencillos y los costes, más reducidos. Sin embargo, a medida que crece tu actividad, puede que esta forma jurídica deje de ser la más adecuada.

¿Cuál es el momento para el cambio de autónomo a Sociedad Limitada?

Cuando tus beneficios anuales se sitúan entre los 40.000 y 60.000 euros, puede empezar a ser más rentable operar como Sociedad Limitada, por estas razones:

Fiscalidad: Como autónomo tributas por IRPF, un impuesto progresivo (pagarás más cuanto más ganes). En cambio, las SL tributan por el Impuesto sobre Sociedades, con un tipo fijo (generalmente del 25 %), que puede suponer un ahorro importante si tus ingresos son elevados.

Responsabilidad limitada: Como autónomo, respondes con tu patrimonio personal ante deudas. En una SL, la responsabilidad se limita al capital aportado, lo que te protege en caso de dificultades financieras.

Imagen profesional: Operar como empresa puede mejorar tu imagen ante clientes, proveedores o inversores.pasar de autónomo a Sociedad Limitada

Pasos para pasar de autónomo a Sociedad Limitada

1. Modificación en la Seguridad Social

Si te conviertes en administrador de tu nueva SL, pasarás a ser considerado autónomo societario. En este caso, no tendrás que darte de baja en el RETA, sino simplemente modificar tu situación presentando el modelo TA.0521/6 (variación de datos).

En cambio, si dejas de trabajar como autónomo para pasar a estar contratado por la sociedad (como trabajador por cuenta ajena), sí deberás tramitar tu baja en el RETA.

2. Constitución de la sociedad

Los trámites para crear una Sociedad Limitada incluyen:

  • Solicitud del Certificado de Denominación Social en el Registro Mercantil.
  • Apertura de una cuenta bancaria a nombre de la sociedad.
  • Redacción de estatutos sociales.
  • Firma de la escritura de constitución ante notario.
  • Solicitud del NIF provisional y definitivo.
  • Inscripción de la SL en el Registro Mercantil.

3. Trámites con Hacienda

Con tu SL legalmente constituida, ahora hay que ponerse al día con Hacienda. De nuevo te encontrarás con varios escenarios.

Si la actividad que estabas desarrollando como persona física, a efectos del IAE, estaba clasificada como “profesional”, y esa misma actividad es la que se va a hacer mediante la sociedad (es decir, a partir de ahora factura la SL y no tú), estamos ante una actividad económica en la que tú serás autónomo societario.

En este caso, como te decíamos, no tienes que darte de baja como persona física en Hacienda, ya que tendrás que facturar a tu propia sociedad mensualmente por los servicios concretos que realices y tu sociedad te retribuirá esas facturas. Lo que sí tendrás que hacer es actualizar en el RETA la base de cotización como autónomo societario.

Si tu actividad como persona física estaba encuadrada en el IAE como empresarial y la sociedad va a seguir manteniendo la misma actividad, ahora sí que deberás darte de baja en Hacienda como persona física.

En este caso la relación con tu sociedad tendrá un carácter laboral, retribuyéndote mediante nómina (rendimientos del trabajo), y solamente presentará impuestos la Sociedad por la actividad desarrollada. Igualmente deberás modificar tu base de cotización en el RETA.

En cualquier caso, habrá que adecuar los epígrafes del IAE con los que estabas dado de alta, a la nueva realidad. Y es que tendrás que hacer una modificación de estos si es que has decidido ampliar tus vías de negocio, o, por el contrario, vas a reducirlas.

Además, tendrás que dar de alta censal a la sociedad indicando la fecha de inicio de actividad, que marcará el punto de partida de tu relación con la Agencia Tributaria y deberás presentar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, con el importe de la aportación al capital social, aunque es un tributo que está exento desde 2010.

¿Necesitas ayuda para dar el paso?

En Serra Piera Asesores, te acompañamos en todo el proceso para que el paso de autónomo a Sociedad Limitada sea sencillo, seguro y legalmente correcto. Te ayudamos con la constitución de la sociedad, los trámites ante la Seguridad Social y Hacienda, y el asesoramiento fiscal y contable necesario para optimizar tu nueva etapa empresarial.

¿Estás preparado para crecer? Contáctanos y te ayudaremos a tomar la mejor decisión para tu negocio.

Serra Piera Asesoria Gandia
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