En los últimos meses se ha hablado mucho de una posible novedad fiscal que afecta directamente a autónomos y pequeñas empresas: el llamado IVA franquiciado o régimen especial de franquicia del IVA.

La pregunta que muchos profesionales se hacen es clara¿si facturo menos de 85.000 euros al año dejaré de pagar IVA?

La respuesta, por ahora, es: no en España. Actualmente, los autónomos que facturan menos de 85.000 € siguen obligados a emitir facturas con IVA, presentar sus declaraciones trimestrales y liquidar el impuesto correspondiente.

Ahora bien, sí existe una directiva europea que permite aplicar este sistema y el Gobierno ha manifestado su intención de implantarlo. Por eso conviene entender bien qué significa, cómo funcionaría y qué consecuencias tendría para los autónomos.

Qué es el IVA franquiciado explicado de forma sencilla

El IVA franquiciado es un régimen especial pensado para pequeños autónomos y pequeñas empresas con poca facturación. Su objetivo es simplificar la gestión del IVA y reducir papeleo.Qué es el IVA franquiciado

En los países donde ya funciona, determinados profesionales no tienen que añadir IVA en sus facturas si no superan un límite de ingresos anual. En la práctica, esto significa que no repercuten IVA a sus clientes y tampoco tienen que ingresarlo después a Hacienda.

Dicho de forma fácil: si el régimen se aplicara, algunos autónomos podrían facturar sin IVA siempre que cumplieran los requisitos y no superaran el límite establecido.

Pero hay letra pequeña, y bastante importante.

¿Está ya aprobado el IVA franquiciado en España?

No. A día de hoy, España no ha implantado el régimen de IVA franquiciado a nivel nacional. Aunque la Directiva (UE) 2020/285 contempla esta posibilidad, España sigue siendo el único país de la Unión Europea que no lo aplica de forma general dentro de su territorio.

Por tanto, en este momento, si eres autónomo en España y facturas menos de 85.000 €, debes seguir aplicando IVA en tus facturas, salvo que tu actividad ya esté exenta por otros motivos previstos en la normativa.

El Gobierno ha anunciado su intención de transponer la directiva europea, pero hasta que no haya una norma aprobada y publicada, el sistema actual sigue igual.

Entonces, ¿qué cambia ahora?

El avance más concreto hasta el momento es un proyecto de Orden del Ministerio de Hacienda que permitiría a autónomos españoles aplicar la franquicia de IVA solo cuando operen en otros países de la Unión Europea donde este régimen ya esté en funcionamiento.

Esto quiere decir que, si un autónomo español presta determinados servicios o realiza operaciones en países de la UE que ya aplican la franquicia, podría acogerse a ese sistema en esos casos concretos.

En esa situación, no tendría que incluir IVA en esas facturas ni ingresarlo posteriormente. Sin embargo, tampoco podría deducirse el IVA soportado en los gastos relacionados con esa actividad.

Cómo funcionaría el IVA franquiciado si se aprueba en España

Si finalmente se aprueba en España, el régimen de IVA franquiciado podría permitir que autónomos y pequeñas empresas con una facturación inferior a 85.000 euros anuales no tengan que repercutir IVA en sus facturas ni presentar declaraciones trimestrales de IVA.

Esto sería especialmente interesante para profesionales que trabajan con particulares, porque sus precios podrían ser más competitivos al no añadir IVA en la factura.

Sin embargo, no siempre sería una ventaja. Si el autónomo tiene muchos gastos con IVA, al acogerse a este régimen tampoco podría deducirse ese IVA soportado. Es decir, pagaría el IVA en sus compras, pero no podría recuperarlo.

Por eso, antes de tomar una decisión, habría que analizar cada caso.

¿Sería obligatorio acogerse al IVA franquiciado?

No. Según el funcionamiento previsto, el régimen sería voluntario. El autónomo podría elegir entre mantenerse en el régimen general del IVA o acogerse al régimen especial de franquicia, siempre que cumpliera los requisitos.

Esto es importante porque no a todos les conviene lo mismo. Un profesional con pocos gastos y clientes particulares podría beneficiarse. En cambio, un autónomo que compra mucho material, invierte en herramientas o soporta mucho IVA quizá prefiera seguir en el régimen general para poder deducirse esos importes.

Quién podría acogerse al nuevo régimen de IVA

Si el cambio se implanta finalmente en España, podrían acogerse al régimen de IVA franquiciado los autónomos y pequeñas empresas que no superen el límite de facturación establecido, que se está situando en torno a los 85.000 euros anuales.

También habría que cumplir las condiciones concretas que fije la normativa española cuando se apruebe. Entre las posibles limitaciones se encuentra no superar determinados incrementos del volumen de negocio. Si se rebasa el límite permitido, se perdería el derecho a aplicar la franquicia.

Ventajas y riesgos para autónomos

La principal ventaja sería reducir trámites. No presentar modelos trimestrales de IVA y no tener que incluir el impuesto en las facturas simplificaría mucho la gestión diaria.

Pero el riesgo está en pensar que no pagar IVA significa automáticamente pagar menos impuestos. No siempre es así. Si no puedes deducirte el IVA de tus gastos, puede que el ahorro administrativo no compense económicamente.

Además, habrá que ver cómo se articula el control de facturación y qué obligaciones informativas se mantienen

Asesoría fiscal en Gandia para autónomos: ¿te convendría el IVA franquiciado?

Si eres autónomo en Gandia o en la comarca de La Safor, este cambio puede afectarte cuando se apruebe definitivamente. Pero antes de tomar decisiones, conviene estudiar tu actividad, tu volumen de facturación, el tipo de clientes que tienes y cuánto IVA soportas en tus gastos.

En Serra Piera Asesores, como gestoría y asesoría fiscal en Gandia, te ayudamos a entender si este régimen podría beneficiarte, si te conviene seguir en el régimen general del IVA y cómo preparar tu facturación para evitar errores con Hacienda.

Serra Piera Asesoria Gandia
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