La Cuenta Corriente Tributaria es un sistema de la Agencia Tributaria (AEAT) que permite compensar automáticamente deudas y créditos fiscales dentro del mismo ejercicio. En lugar de gestionar pagos y devoluciones por separado, el sistema opera como una “cuenta única”, similar a una cuenta bancaria, donde se cruzan:

  • Débitos fiscales (IVA, IRPF, Impuesto sobre Sociedades…)
  • Créditos fiscales (devoluciones pendientes)

Esta herramienta resulta especialmente útil para autónomos y empresas con flujo fiscal constante, ya que reduce trámites y mejora la liquidez del negocio.

¿Para qué sirve la Cuenta Corriente Tributaria?

La finalidad del sistema es evitar desequilibrios de tesorería, habituales cuando una empresa debe pagar IVA o retenciones, mientras está pendiente de cobrar devoluciones de ejercicios anteriores.

Con la CCT, la AEAT calcula el saldo:

  • Si el resultado es positivo, la AEAT devuelve la diferencia.
  • Si es negativo, el contribuyente ingresa el importe pendiente.

Cómo funciona la Cuenta Corriente Tributaria: Explicación sencilla

El funcionamiento es comparable al de una cuenta corriente bancaria, con la diferencia de que aquí se gestionan obligaciones tributarias.

La AEAT actualiza el saldo en función de:

  • Deudas tributarias: liquidaciones de IVA, pagos fraccionados del IRPF, Impuesto de Sociedades, etc.
  • Créditos fiscales: devoluciones de IVA o impuestos pendientes de reembolso.

Este sistema resulta muy práctico para pymes, autónomos y sociedades con movimientos fiscales regulares.

Requisitos para solicitar la Cuenta Corriente Tributaria

Para acceder al sistema, el contribuyente debe cumplir una serie de condiciones recogidas en el Real Decreto 1065/2007:gestoria fiscal gandia cuenta corriente

  • Estar al corriente de pagos con Hacienda (sin deudas en periodo ejecutivo).
  • No tener responsabilidades firmes derivadas de delitos contra la Hacienda Pública.
  • Que los créditos reconocidos el año anterior sean al menos el 40% de las deudas devengadas en el mismo periodo.
  • Estar obligado a presentar autoliquidaciones de IVA o IRPF.
  • No haber renunciado ni haber sido excluido del sistema en periodos anteriores.

¿Cuándo se puede solicitar la Cuenta Corriente Tributaria?

La solicitud debe realizarse en un plazo muy concreto:

  • Entre el 1 y el 30 de octubre de cada año.

Si la solicitud es aceptada, la cuenta entrará en vigor el 1 de enero del año siguiente.

Ejemplo:

  • Solicitud presentada en octubre de 2025 → activa a partir de enero de 2026.

Pasos para solicitar la Cuenta Corriente Tributaria (CCT)

La solicitud se realiza telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT:

  1. Acceder con certificado digital o Cl@ve PIN.
  1. Presentar el modelo correspondiente.
  1. Esperar la resolución, que suele notificarse antes del 31 de diciembre.

Si se acepta, el sistema se activa automáticamente el 1 de enero.

¿Cuándo conviene acogerse a la Cuenta Corriente Tributaria?

La CCT suele ser interesante cuando:

  • El IVA sale a devolver de forma habitual.
  • Existe un volumen elevado de pagos fraccionados o retenciones.
  • El negocio tiene movimientos fiscales constantes.
  • Se busca reducir gestiones con Hacienda.

En cambio, si el autónomo o empresa realiza pocas operaciones al año, el beneficio será menor.

¿Por qué es útil para autónomos y empresas en Gandia?

En zonas con fuerte actividad empresarial como Gandia, muchos negocios sufren tensiones de liquidez derivadas de:

  • Devoluciones de IVA retrasadas.
  • Pagos periódicos de IRPF o Sociedades.
  • Cambios en la normativa fiscal.

La Cuenta Corriente Tributaria puede equilibrar la tesorería y evitar adelantar dinero a Hacienda innecesariamente.

Además, contar con una asesoría fiscal en Gandia que supervise estas gestiones reduce riesgos y ahorra tiempo al empresario.

Serra Piera Asesoria Gandia
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