El NIF es un requisito clave en los documentos relacionados con la actividad económica, al igual que una persona física se identifica con su número de identificación personal.
Cuando se establece una empresa, existe un plazo de un mes para solicitar el NIF. Sin embargo, este NIF es provisional hasta que se obtenga el NIF definitivo después de que la entidad esté registrada en el Registro Mercantil.
El NIF provisional indica que la empresa aún no tiene personalidad jurídica. Junto con el código, se muestra la expresión «en constitución», lo que permite a terceros, como clientes o proveedores, saber que se trata de una empresa sin el NIF definitivo.
Es importante destacar que mientras las sociedades mercantiles operan sin un NIF definitivo, legalmente funcionan como una sociedad civil, lo que implica que los socios asumen la responsabilidad frente a la empresa.
Finalidad del NIF provisional
El propósito principal del NIF provisional es identificar a la entidad jurídica en trámites tributarios y controlar las operaciones financieras, como las transferencias bancarias.
Además, el NIF provisional también se utiliza para realizar transacciones con entidades de crédito y establecer o extinguir derechos reales sobre bienes inmuebles, entre otros.
¿Puedo facturar con el NIF provisional?
No es posible emitir facturas utilizando el NIF provisional. La empresa debe obtener el NIF definitivo y estar registrada en el Impuesto sobre Actividades Económicas para poder facturar legalmente.
Solicitud del NIF definitivo
La solicitud del NIF definitivo se realiza dentro de un mes después de la constitución de la sociedad, presentando los formularios correspondientes en Hacienda. Durante este período, el NIF seguirá siendo provisional.
La solicitud debe ir acompañada de un documento firmado que incluya detalles como la denominación social, forma societaria, domicilio fiscal, objeto social, capital social, registro público, fecha de cierre del ejercicio, plazo de vida de la entidad y otros datos relevantes.
Además, se requiere un certificado que demuestre que el nombre de la sociedad no coincide con otro existente.
El NIF provisional se mantiene hasta que la empresa esté debidamente inscrita en el Registro Mercantil y presente una copia de dicha inscripción en la Agencia Tributaria. La empresa tiene un mes desde su inscripción para solicitar el NIF definitivo.
Si no se realiza la solicitud en ese plazo, Hacienda puede enviar un requerimiento y, si no se cumple, el NIF provisional puede ser revocado, perdiendo su validez.
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