La Cuenta Corriente Tributaria es un sistema de la Agencia Tributaria (AEAT) que permite compensar automáticamente deudas y créditos fiscales dentro del mismo ejercicio. En lugar de gestionar pagos y devoluciones por separado, el sistema opera como una “cuenta única”, similar a una cuenta bancaria, donde se cruzan:
- Débitos fiscales (IVA, IRPF, Impuesto sobre Sociedades…)
- Créditos fiscales (devoluciones pendientes)
Esta herramienta resulta especialmente útil para autónomos y empresas con flujo fiscal constante, ya que reduce trámites y mejora la liquidez del negocio.
¿Para qué sirve la Cuenta Corriente Tributaria?
La finalidad del sistema es evitar desequilibrios de tesorería, habituales cuando una empresa debe pagar IVA o retenciones, mientras está pendiente de cobrar devoluciones de ejercicios anteriores.
Con la CCT, la AEAT calcula el saldo:
- Si el resultado es positivo, la AEAT devuelve la diferencia.
- Si es negativo, el contribuyente ingresa el importe pendiente.
Cómo funciona la Cuenta Corriente Tributaria: Explicación sencilla
El funcionamiento es comparable al de una cuenta corriente bancaria, con la diferencia de que aquí se gestionan obligaciones tributarias.
La AEAT actualiza el saldo en función de:
- Deudas tributarias: liquidaciones de IVA, pagos fraccionados del IRPF, Impuesto de Sociedades, etc.
- Créditos fiscales: devoluciones de IVA o impuestos pendientes de reembolso.
Este sistema resulta muy práctico para pymes, autónomos y sociedades con movimientos fiscales regulares.
Requisitos para solicitar la Cuenta Corriente Tributaria
Para acceder al sistema, el contribuyente debe cumplir una serie de condiciones recogidas en el Real Decreto 1065/2007:
- Estar al corriente de pagos con Hacienda (sin deudas en periodo ejecutivo).
- No tener responsabilidades firmes derivadas de delitos contra la Hacienda Pública.
- Que los créditos reconocidos el año anterior sean al menos el 40% de las deudas devengadas en el mismo periodo.
- Estar obligado a presentar autoliquidaciones de IVA o IRPF.
- No haber renunciado ni haber sido excluido del sistema en periodos anteriores.
¿Cuándo se puede solicitar la Cuenta Corriente Tributaria?
La solicitud debe realizarse en un plazo muy concreto:
- Entre el 1 y el 30 de octubre de cada año.
Si la solicitud es aceptada, la cuenta entrará en vigor el 1 de enero del año siguiente.
Ejemplo:
- Solicitud presentada en octubre de 2025 → activa a partir de enero de 2026.
Pasos para solicitar la Cuenta Corriente Tributaria (CCT)
La solicitud se realiza telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT:
- Acceder con certificado digital o Cl@ve PIN.
- Presentar el modelo correspondiente.
- Esperar la resolución, que suele notificarse antes del 31 de diciembre.
Si se acepta, el sistema se activa automáticamente el 1 de enero.
¿Cuándo conviene acogerse a la Cuenta Corriente Tributaria?
La CCT suele ser interesante cuando:
- El IVA sale a devolver de forma habitual.
- Existe un volumen elevado de pagos fraccionados o retenciones.
- El negocio tiene movimientos fiscales constantes.
- Se busca reducir gestiones con Hacienda.
En cambio, si el autónomo o empresa realiza pocas operaciones al año, el beneficio será menor.
¿Por qué es útil para autónomos y empresas en Gandia?
En zonas con fuerte actividad empresarial como Gandia, muchos negocios sufren tensiones de liquidez derivadas de:
- Devoluciones de IVA retrasadas.
- Pagos periódicos de IRPF o Sociedades.
- Cambios en la normativa fiscal.
La Cuenta Corriente Tributaria puede equilibrar la tesorería y evitar adelantar dinero a Hacienda innecesariamente.
Además, contar con una asesoría fiscal en Gandia que supervise estas gestiones reduce riesgos y ahorra tiempo al empresario.
