Antes de que terminara 2025, el Gobierno aprobó un Real Decreto-ley que prorroga medidas pensadas para situaciones de vulnerabilidad social e introduce actuaciones urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social. Dentro de esas medidas hay cambios que afectan al IRPF, al IVA (en el régimen simplificado y en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca) y al Impuesto sobre Sociedades.

A continuación, te explicamos los puntos clave de forma sencilla, para que puedas saber cómo te impactan en 2026.

Verifactu: se amplía el plazo de adaptación

Una de las novedades más importantes de cara a 2026 es que se amplía el plazo para adaptarse a Verifactu. Con el marco actual, las fechas quedan así: 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de empresas y autónomos.

Verifactu afectará a todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas, tanto si tributan por IRPF como si lo hacen por Impuesto sobre Sociedades. Es un sistema impulsado por la Agencia Tributaria con el objetivo de luchar contra el fraude fiscal y, a la vez, impulsar la digitalización y automatización de los procesos de facturación y fiscalidad empresarial.

Más obligaciones de información (con cambios en tarjetas y Bizum)

El Real Decreto 253/2025 introduce novedades en materia de información fiscal que empiezan a aplicarse desde el 1 de enero de 2026. Aunque la obligación de informar recae principalmente en entidades financieras (bancos, entidades de crédito y de dinero electrónico), autónomos y empresas deberían llevar su gestión de cobros más “ordenada” que nunca, porque cualquier discrepancia puede acabar en inspección y sanciones que, según el texto, pueden llegar al 150% de la cantidad dejada de ingresar.

De forma resumida, estos son los cambios más relevantes:Gestoria en gandia - Novedades tributarias y fiscales 2026

  • La obligación informativa se amplía para incluir todo tipo de tarjetas y también sistemas de cobro asociados a un número de teléfono móvil, como Bizum.
  • La periodicidad del suministro de información pasa de anual a mensual para cuentas y sistemas de cobro a los que estén adheridos empresarios y profesionales.
  • Desaparece el umbral anual neto de 3.000 euros en relación con esos cobros. En el caso de cuentas, la información económica solo se facilita en la declaración del último periodo mensual de cada año.
  • Se añade una obligación informativa anual sobre operaciones con tarjetas, referida al total anual de abonos, cargos, recargas, retiradas en efectivo y gastos en establecimientos, excluyendo tarjetas cuyos cargos y abonos anuales no excedan de 25.000 euros.

Impuesto sobre Sociedades: más ventajas fiscales para pymes y empresas nuevas

En 2025–2026 se incorporan nuevos tramos y beneficios fiscales para pymes, micropymes y empresas de nueva creación en el Impuesto sobre Sociedades.

Entidades de reducida dimensión: el tipo definitivo será del 20%, pero hay un régimen transitorio por años de inicio del periodo impositivo: 24% si el periodo se inicia en 2025; 23% si se inicia en 2026; 22% en 2027; y 21% en 2028.

En el caso de las microempresas (INCN del periodo impositivo inmediato anterior inferior a 1 millón de euros), el régimen definitivo establece un tipo del 17% para la parte de base imponible entre 0 y 50.000 euros, y 20% para el resto. Mientras tanto, el régimen transitorio fija para 2025 un 21% entre 0 y 50.000 euros y 22% para el resto; y para 2026 un 19% entre 0 y 50.000 euros y 21% para el resto.

Además, las empresas de nueva creación podrán aplicar un tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva, como medida de apoyo al emprendimiento.

IRPF 2026: novedades que afectan a módulos, renta y deducciones

De cara al ejercicio 2026 hay cambios relevantes en el IRPF. Para quienes tributan por estimación objetiva (módulos), la Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre de 2025 mantiene la cuantía de los signos, índices o módulos y las instrucciones de aplicación. Además, la reducción general del rendimiento neto de módulos será del 5%, y esa reducción se tendrá en cuenta también para calcular los pagos fraccionados.

Otra novedad importante es que se elimina la obligación universal de presentar la declaración de la renta para todas las personas beneficiarias de prestaciones y subsidios por desempleo. A partir del IRPF 2025 y siguientes, solo deberán presentar declaración si procede según el artículo 96 de la Ley 35/2006.

En 2025 también se introdujo una deducción para limitar la carga fiscal derivada de la subida del SMI. Esta modificación (Ley 5/2025) permite aplicar una deducción de hasta 340 euros sobre la cuota del impuesto a contribuyentes con ingresos del trabajo por debajo de ciertos umbrales, cuando sus rendimientos anuales del trabajo no superen determinados límites, de manera que se evita que quienes cobran el SMI paguen IRPF o se reduce su tributación en la renta de 2025.

También se declaran exentas (desde el 26 de agosto de 2025) las ayudas por daños personales concedidas a personas afectadas por incendios forestales ocurridos entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025, además de subvenciones para afectados por otras emergencias de Protección Civil.

En materia inmobiliaria, se actualiza la imputación de rentas inmobiliarias: con efecto desde el 1 de enero de 2025, el 1,1% del valor catastral se aplicará solo a inmuebles situados en municipios cuyos valores catastrales hayan sido revisados o modificados mediante procedimientos de valoración colectiva con entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2012. Esto afecta a la base imponible del IRPF de quienes tengan viviendas en esas condiciones.

Por último, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la deducción en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas. Y para 2026 se mantienen los umbrales de ingresos que determinan quién puede aplicar módulos, salvo en actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen sus propios límites según volumen de ingresos.

 

Desde nuestra gestoría en Gandia, Serra Piera Asesores, velamos por la tranquilidad de nuestros clientes y llevamos todos los temas fiscales al día. evitar sustos

Serra Piera Asesoria Gandia
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.